|
III. LA RESTAURACION DEL AUTENTICO MATRIMONIO
100.
A lo que contribuye, en primer lugar, traer a la memoria aquella sentencia
de la máxima certeza que tanto en la sana filosofía cuanto
sobre todo en la sagrada teología es solemne: que todo lo que se
ha desviado del recto orden no puede volver al estado primitivo y congruente
con su naturaleza por otro camino que no sea retornando a la razón
divina, que -como enseña el Doctor Angélico- es el prototipo
de toda rectitud. Por lo cual, nuestro predecesor León XIII, de
feliz recordación, atacaba con razón a los naturalistas
con estas gravísimas palabras: "La ley ha sido proveída
divinamente de modo que las cosas hechura de Dios o de la naturaleza nos
resulten tanto más útiles y saludables cuanto con mayor
integridad y firmeza conserven su estado originario, puesto que Dios,
autor de las cosas, supo muy bien qué convendría a la estructura
y conservación de las cosas singulares y las ordenó todas
en su voluntad y en su mente de tal manera, que cada cual llegara a tener
su más apropiada realización. Ahora bien: si la irreflexión
de los hombres o su maldad se empeñara en torcer o perturbar un
orden tan providentísimamente establecido, entonces las cosas más
sabias y provechosamente instituidas, o comienzan a convertirse en un
obstáculo, o dejan de ser provechosas, ya por haber perdido en
el camino su poder de ayuda, ya porque Dios mismo quiere castigar la soberbia
y el atrevimiento de los mortales". 101.
Para restablecer el recto orden en materia conyugal, es necesario, por
consiguiente, que todos consideren atentamente cuál es la razón
divina del matrimonio y procuren conformarse a ella. Sumisión
del hombre a Dios 102.
Pero como a este anhelo se opone sobre todo el indómito poder de
la concupiscencia, causa principalísima, en realidad, de los pecados
contra las santas leyes del matrimonio, y como el hombre no puede tener
sometidas sus pasiones si no se somete él antes a Dios, esto es
lo que ante todo se ha de procurar, conforme al orden divinamente establecido.
Es ley constante, en efecto, que quien se sometiere a Dios gozará
del dominio, con la gracia de Dios, sobre la concupiscencia y los vicios;
en cambio, el que fuere rebelde a Dios, tendrá que experimentar
y lamentar la declarada guerra interior de las pasiones desatadas. La
sabiduría con que se ha establecido esto la expone San Agustín
en estos términos: "Esto es, pues, lo que conviene: que lo
inferior se someta a lo superior; que quien quiere que se le someta lo
que está por bajo de sí, se someta a su vez a lo que está
por encima de él. ¡Observa el orden, busca la paz! Tú
a Dios, a ti la carne. ¿Qué más justo? ¿Qué
más bello? Tú al mayor, a ti el menor; sirve tú a
Aquel que te hizo a ti para que te sirva a ti lo que fue hecho para ti.
No reconocemos este orden, por el contrario, ni lo recomendamos: A ti
la carne, y tú a Dios. Sino: Tú a Dios, y a ti la carne.
Porque, si desprecias el Tú a Dios, jamás lograrás
que A ti la carne. Tú, que no obedeces a Dios, sufrirás
la rebeldía del esclavo". 103.
Orden de la Sabiduría divina, que atestigua, inspirado por el Espíritu
Santo, el mismo Doctor de las Gentes, pues, al recordar a los sabios antiguos,
que, habiendo tenido conocimiento suficiente del Creador del universo,
rehusaron adorarlo y reverenciarlo, dice: Por lo cual los entregó
Dios a los deseos de su corazón, a la inmundicia, de modo que causaran
injuria a sus cuerpos en sí mismos; y de nuevo: Por lo cual los
entregó Dios a ignominiosas pasiones. Pues Dios resiste a los soberbios;
en cambio, a los humildes da su gracia, sin la cual, según enseña
el mismo Doctor de las Gentes, el hombre es impotente para dominar la
rebelde concupiscencia. 104.
Por consiguiente, puesto que de ninguna manera pueden ser dominados, como
se requiere, los indomables ímpetus de ésta sin que el alma
rinda primero humilde obsequio de piedad y reverencia a su Creador, ante
todo es necesario que una piedad íntima y verdadera para con Dios
penetre totalmente a quienes se unen con el sagrado vínculo del
matrimonio, la cual informe toda la vida de los mismos y llene su inteligencia
y su voluntad una suma reverencia hacia la majestad de Dios. 105.
Proceden, pues, con la máxima rectitud y en la más perfecta
conformidad con las normas del sentido cristiano aquellos pastores de
almas que exhortan en primer lugar a los cónyuges, para que en
el matrimonio no se aparten de la ley de Dios, a ejercicios de piedad,
a entregarse por entero a Dios, a implorar asiduamente su protección,
a frecuentar los sacramentos, a fomentar y mantener siempre y en todo
una devota voluntad para con Dios. 106.
Se engañan gravemente quienes, pretiriendo o menospreciando los
recursos que exceden a la naturaleza, creen que pueden inducir a los hombres
a imponer un freno a los apetitos de la carne con la práctica y
los inventos de las ciencias naturales (es decir, de la biología,
del estudio de la transmisión hereditaria y otras similares). Y
no queremos decir con ello que los medios naturales, siempre que no sean
deshonestos, hayan de tenerse en poco, ya que uno mismo es el autor de
la naturaleza y de la gracia, Dios, que ha destinado los bienes de ambos
órdenes al uso y utilidad de los hombres. Los fieles pueden y deben,
en efecto, ayudarse también de los medios naturales; pero se equivocan
quienes opinan que basta con éstos para garantizar la castidad
del estado conyugal o piensan que hay en los mismos mayor eficacia que
en el auxilio de la gracia sobrenatural. Conocimiento
de las leyes divinas 107.
Este amoldarse de la convivencia y de las costumbres a las leyes divinas
del matrimonio, sin lo cual su restablecimiento no puede ser eficaz, exige
que todos puedan discernir de una manera expedita, con firme certeza y
sin mezcla de error, cuáles sean tales leyes. Pero nadie dejará
de ver a cuántas falacias se abriría la puerta y cuántos
errores vendrían a mezclarse con la verdad si esta materia se dejara
al examen de cada uno con las solas luces de la razón o si presidiera
su estudio una interpretación privada de la verdad revelada. Y,
si es indudable que esto tiene lugar ya en otras muchas verdades del orden
moral, debe tenerse en cuenta particularmente en lo que atañe al
matrimonio, donde el placer libidinoso puede fácilmente irrumpir
en la frágil naturaleza humana y engañarla y corromperla;
y esto tanto más cuanto que, en la observancia de la ley divina,
los esposos tendrán que experimentar a veces situaciones arduas
e incluso duraderas, de las cuales, según nos advierte la experiencia,
suele el hombre débil servirse como de otros tantos argumentos
para eximirse del cumplimiento de la ley de Dios. 108.
Para que, por tanto, ilumine las mentes de los hombres y rija sus costumbres
no una ficción o una corrupción de la ley divina, sino el
verdadero y genuino conocimiento de la misma, es menester que a la piedad
para con Dios y al deseo de servirle se añada una sincera y humilde
obediencia a la Iglesia. Cristo Nuestro Señor mismo constituyó
a la Iglesia en maestra de la verdad incluso en aquellas cosas que tocan
al régimen y ordenación de las costumbres, aun cuando muchas
de tales cosas no son de suyo inasequibles a la razón humana. Pues
Dios, igual que, en lo relativo a las verdades naturales de la religión
y de las costumbres, añadió a la luz de la inteligencia
humana la revelación a fin de que las que son rectas y verdaderas
"pudieran ser conocidas por todos de una manera expedita, con firme
certeza y sin mezcla de error aun en la condición presente del
género humano", así también, y en orden al mismo
fin, constituyó a la Iglesia en maestra de toda verdad sobre religión
y costumbres; préstenle, pues, obediencia los fieles y sométanle
su inteligencia y voluntad para conservar sus mentes libres de error y
de corrupción sus costumbres. Y para no verse privados de un auxilio
concedido por Dios con tan liberal benignidad, deben prestar necesariamente
esta obediencia no sólo a las definiciones solemnes de la Iglesia,
sino también, en la debida proporción, a las demás
constituciones y decretos, mediante los cuales se reprueban y condenan
algunas opiniones como peligrosas o perversas. 109.
Guárdense, por consiguiente, los fieles cristianos, incluso en
aquellas cuestiones que hoy se agitan en torno al matrimonio, de confiar
demasiado en su propio juicio o dejarse arrastrar por esa falsa libertad
o "autonomía", según la llaman, de la razón
humana. Es totalmente ajeno de todo verdadero cristiano, en efecto, confiar
con tal soberbia en su propio ingenio, que sólo preste asentimiento
a lo que llegue a conocer él mismo por razones intrínsecas
de las cosas, y estimar a la Iglesia, destinada por Dios para enseñar
y regir a todos los pueblos, menos conocedora de las cosas y circunstancias
actuales, o prestar asentimiento y obediencia también sólo
a lo que ella estableciere por medio de las mencionadas definiciones solemnes,
como si fuera lícito opinar prudentemente que los restantes decretos
o implicaran falsedad o no se apoyaran en motivos suficientes de verdad
y honestidad. Por el contrario, es propio de todo cristiano de verdad,
docto o indocto, dejarse dirigir y llevar, en todo lo que se refiere a
fe y costumbres, por la santa Iglesia de Dios, por medio de su supremo
pastor el Romano Pontífice, que es regido por Jesucristo Nuestro
Señor. Instrucción
a los fieles 110.
Teniendo, pues, que reducirse todas las cosas a la ley y a la mente divina,
para que se logre la restauración universal y perpetua del matrimonio
es de la mayor importancia instruir convenientemente sobre el mismo a
los fieles, de palabra y por escrito, no una vez y superficialmente, sino
con frecuencia y con solidez, con razones claras y de peso, para que unas
verdades tales penetren en las inteligencias y conmuevan los corazones.
Sepan los mismos y asiduamente mediten sobre la sabiduría, la santidad
y la bondad tan grande que Dios manifestó para con el género
humano al instituir el matrimonio, robusteciéndolo con leyes sagradas,
y mucho más al elevarlo de una manera admirable a la dignidad de
sacramento, mediante la cual se abre a los cónyuges cristianos
una tan copiosa fuente de gracias para que puedan servir casta y fielmente
a los fines nobilísimos del matrimonio, en provecho y salvación
propia y de sus hijos, de toda la sociedad civil y de la humanidad entera. 111.
Indudablemente, si los actuales enemigos, del matrimonio ponen todo su
empeño en pervertir las inteligencias, corromper los corazones,
ridiculizar la castidad conyugal y en ensalzar los vicios más repugnantes
de palabra, por escrito, en libros y folletos y apelando a otros innumerables
recursos, con mucha mayor razón vosotros, venerables hermanos,
a quienes el Espíritu Santo ha instituido obispos para regir la
Iglesia de Dios, ganada con su sangre, no debéis regatear esfuerzo
alguno a fin de que por vosotros mismos y por los sacerdotes a vuestras
órdenes, más aún, por seglares convenientemente seleccionados
entre los afiliados a la Acción Católica, con tanta insistencia
por Nos deseada y recomendada, llamados en auxilio del apostolado jerárquico,
opongáis, por todos los medios aconsejables, al error la verdad;
al vicio torpe, el esplendor de la castidad; a la tiranía de las
pasiones, la libertad de los hijos de Dios; a la condescendencia inicua
de los divorcios, la perennidad del verdadero amor matrimonial y el sacramento
inviolable hasta la muerte de la fidelidad prometida. 112.
Con lo que ocurrirá que los fieles den a Dios gracias desde lo
más profundo de sus corazones por haberlos ligado con sus preceptos
y haberlos obligado con una cierta suave violencia a huir, lo más
lejos posible, de toda idolatría de la carne, y de la innoble esclavitud
de la concupiscencia; e igualmente que miren con horror y se aparten con
toda diligencia de esas nefandas añagazas que, bajo el nombre de
"matrimonio perfecto", y para ultraje de la dignidad humana,
se divulga actualmente de palabra y por escrito, y hacen del tal matrimonio
perfecto no otra cosa que un "matrimonio depravado", como se
ha dicho con toda justicia y razón. 113.
Esta saludable instrucción y religiosa disciplina sobre el matrimonio
cristiano distará mucho de aquella exagerada educación fisiológica,
con la que muchos de nuestros tiempos, que se jactan de reformadores de
la vida conyugal, pretenden orientar a los cónyuges, hablando mucho
sobre las tales materias fisiológicas, pero con las cuales, sin
embargo, lo que se aprende es más bien el arte de pecar con refinamiento
que la virtud de vivir castamente. 114.
Así, pues, venerables hermanos, hacemos nuestras con toda el alma
las palabras con que nuestro predecesor León XIII, de feliz recordación,
se dirige en su encíclica sobre el matrimonio cristiano a los obispos
de todo el orbe: "Con todo el esfuerzo a vuestro alcance, con toda
la autoridad que podáis, trabajad para que entre las gentes encomendadas
a vuestra vigilancia se mantenga íntegra e incorruptible la doctrina
enseñada por Cristo Nuestro Señor y por los apóstoles,
intérpretes de la voluntad divina; la misma que ha guardado religiosamente
la Iglesia católica y ha mandado en todos los tiempos que observen
los fieles cristianos". Voluntad
de cumplir las leyes de Dios 115.
Pero, puesto que ni la mejor instrucción por medio de la Iglesia
basta por sí sola para conformar de nuevo el matrimonio a la ley
de Dios, aunque los cónyuges tengan un conocimiento perfecto de
la doctrina sobre el matrimonio cristiano, es necesario, sin embargo,
que vaya unida a esto, por parte de ellos, la más firme voluntad
de cumplir las leyes santas de Dios y de la naturaleza sobre el matrimonio.
Por último, cualquiera que sea lo que de palabra o por escrito
se afirme y se propague, los esposos deben tener firme e inquebrantablemente
como santo y solemne: la voluntad de estar sin vacilación alguna,
en todo lo que se refiere al matrimonio, a los mandatos de Dios; de prestarse
siempre la mutua ayuda de la caridad, de guardar la fidelidad de la castidad,
de no atentar jamás contra la inviolabilidad del vínculo,
de hacer uso de los derechos adquiridos por el matrimonio siempre cristianamente
y con moderación, sobre todo al principio del matrimonio, para
que, si las circunstancias exigieren alguna vez la continencia, resulte
ésta más fácil estando ya los dos acostumbrados a
contenerse. 116.
Mucho les ayudará, para concebir, mantener y poner por obra esta
firme voluntad, la consideración frecuente de su estado y el recuerdo
constante del sacramento recibido. Recuerden sin intermisión que
para los deberes y la dignidad de su estado han sido como consagrados
y robustecidos por un peculiar sacramento, cuya eficaz virtud, aun cuando
no imprime carácter, permanece, con todo, para siempre. Medítense
a este propósito las palabras del santo cardenal Pedro Belarmino,
sumamente consoladoras sin duda, que con otros teólogos de gran
prestigio piensa y escribe: "El sacramento del matrimonio puede considerarse
de dos modos: uno, mientras se realiza; el otro, mientras dura después
de realizado. Pues es semejante al sacramento de la Eucaristía,
que es sacramento no sólo mientras se celebra, sino también
mientras permanece; ya que, mientras los cónyuges viven, su unión
es siempre el sacramento de Cristo y de la Iglesia". 117.
Mas, para que la gracia de este sacramento despliegue todo su poder, se
necesita, como ya hemos dicho, la cooperación de los cónyuges,
que debe consistir en trabajar con todo empeño en cumplir diligentemente
con sus obligaciones. Igual que en el orden natural, para que las energías
dadas por Dios desarrollen toda su eficacia, tienen los hombres que aplicar
su trabajo y su ingenio, sin lo cual ningún provecho puede sacarse
de ellas, así también las fuerzas de la gracia, que del
sacramento han fluido sobre el alma y en ella permanecen, tienen que ser
desarrolladas con el propio esfuerzo y trabajo por los hombres. No abandonen,
por consiguiente, los esposos la gracia del sacramento que hay en ellos,
sino, emprendiendo la cuidadosa observancia, aunque laboriosa, de sus
deberes, experimentarán la misma fuerza de esa gracia más
eficaz de día en día. Y si alguna vez se sienten más
agobiados por el peso de su estado y de la vida, no pierdan los ánimos,
sino piensen que se ha dicho para ellos en cierto modo aquello que el
apóstol San Pablo escribía a su amadísimo discípulo
Timoteo, poco menos que derrumbado bajo el peso de los trabajos y los
oprobios, acerca del sacramento del orden: Te aconsejo que resucites la
gracia de Dios que hay en ti por medio de la imposición de mis
manos. Pues Dios no nos ha dado el espíritu de temor, sino el de
virtud, de amor y de sobriedad. Preparación
para el matrimonio 118.
Todo esto, sin embargo, venerables hermanos, depende en gran parte de
la debida preparación, tanto remota como próxima, de los
cónyuges para el matrimonio. No se puede negar, en efecto que tanto
el cimiento firme del matrimonio feliz cuanto la ruina del desgraciado
se disponen y se asientan en las almas de los jóvenes y de las
doncellas ya en el tiempo de la infancia y de la juventud. Pues los que
antes de casarse no han buscado en todo más que a sí mismos
y sus intereses, los que han dado rienda suelta a sus concupiscencias,
es de temer que se comporten dentro del matrimonio igual que lo hicieron
antes; o sea, que cosechen al fin lo que sembraron: tristeza, llanto,
desprecio mutuo, riñas, aversión, tedio de la vida común
dentro de las paredes del hogar, o, lo peor de todo, que se encuentren
dentro de sí mismos con el desenfreno de sus pasiones. 119.
Los prometidos, por consiguiente, deberán acercarse a contraer
el estado conyugal bien dispuestos y preparados, para que puedan ayudarse
mutuamente, como conviene, en las situaciones adversas de la vida y, sobre
todo, en la consecución de la salvación eterna y en la conformación
del hombre interior a la plenitud de la edad de Cristo. Esto contribuirá
también a que se comporten con sus amados hijos realmente como
Dios ha querido que los padres se conduzcan respecto de su prole, esto
es, que el padre sea verdadero padre y la madre verdadera madre; por cuyo
piadoso amor y por sus solícitos cuidados, el hogar familiar, aun
en medio de una gran pobreza y en este valle de lágrimas, sea para
los hijos como una cierta imagen de aquel paraíso de felicidad
en que el Creador colocó a los primeros hombres del género
humano. De aquí se seguirá también que hagan más
fácilmente a los hijos hombres perfectos y perfectos cristianos,
los imbuyan en el genuino espíritu de la Iglesia católica
y les infundan aquel noble amor a la patria a que nos obliga la piedad
y la gratitud. 120.
Así, pues, tanto los que piensan en contraer, andando el tiempo,
este santo matrimonio, cuanto los que tienen a su cargo la educación
de la juventud, concédanle a esto tal importancia que preparen
los bienes, soslayen los males y renueven el recuerdo de aquellas cosas
que hemos advertido en nuestra encíclica sobre la educación:
"Desde la más tierna infancia, por consiguiente, hay que reprimir
las inclinaciones de la voluntad, si son torcidas; hay que fomentarlas,
por el contrario, si son buenas, y, sobre todo, la mente de los niños
debe ser imbuida en las doctrinas emanadas de Dios, y es necesario que
su alma sea robustecida con los auxilios de la gracia divina, que, si
faltaran éstos, ni podrá cada cual poner freno a sus pasiones,
ni la educación y disciplina podrán ser llevadas a su término
y perfección por la Iglesia, a la cual por esta razón, para
que fuera eficaz maestra de todos los hombres, dotó Cristo de celestiales
doctrinas y de sacramentos divinos". 121.
A la preparación próxima del matrimonio corresponde, sobre
todo, la diligencia en la elección de consorte; porque de esto
depende en gran parte que el futuro matrimonio sea feliz o no, puesto
que uno de los cónyuges puede servirle al otro, o de gran ayuda
para llevar cristianamente la vida, o de gran peligro e impedimento. Para
no sufrir, por consiguiente, durante toda la vida las consecuencias de
una mala elección, deliberen con toda madurez los que piensan en
casarse antes de elegir la persona con la que luego habrán de vivir
perpetuamente; y en esta deliberación tengan en cuenta, en primer
lugar, a Dios y a la verdadera religión de Cristo, y piensen luego
en el bien de sí mismos, en el bien del otro cónyuge, en
el de la futura prole, e igualmente en el de la sociedad humana y civil,
que brota del matrimonio como de su fuente. Imploren fervorosamente el
auxilio divino para elegir conforme a la prudencia cristiana y no arrastrados
por el ciego e indómito impulso de la concupiscencia ni por el
deseo de lucro o por otro menos noble motivo, sino guiados por un verdadero
y recto amor y por un sincero afecto hacia el futuro cónyuge; persigan,
además, en el matrimonio aquellos fines para los que fue instituido
por Dios. Y, finalmente, no omitan en la elección del otro cónyuge
requerir el prudente consejo, de ninguna manera despreciable, de los padres,
a fin de que, con el más maduro conocimiento y experiencia que
ellos tienen de las cosas humanas, se pongan a salvo de perniciosos errores
y puedan recibir más abundantemente, los que van a contraer matrimonio,
la bendición divina del cuarto mandamiento: Honra a tu padre y
a tu madre (que es el primer mandamiento en la promesa) para que te vaya
bien y tengas larga vida sobre la tierra. Las
necesidades materiales de la familia 122.
Y porque no pocas veces el cumplimiento perfecto de los mandamientos de
Dios y la honestidad del matrimonio padecen graves dificultades, debido
a que los cónyuges se ven apremiados por las angustias de la vida
familiar y la penuria de medios materiales, se ha de subvenir de la mejor
manera posible a sus necesidades. 123.
Hay que luchar, en primer lugar, con todo empeño para que, como
había ordenado ya tan sabiamente nuestro antecesor León
XIII, se establezca en la sociedad civil un régimen económico
y social que permita a todos los padres de familia poder trabajar y ganar
lo necesario, según su condición y lugar, para el sustento
suyo, de su mujer y de sus hijos, pues digno es el trabajador de su salario.
Negar éste o disminuirlo más de lo debido es gran injusticia,
y las Sagradas Escrituras lo sitúan entre los pecados más
graves; ni tampoco es lícito fijar unos salarios tan mezquinos
que, dadas las circunstancias, resulte insuficiente para atender a la
familia. 124.
Se ha de procurar, sin embargo, que los cónyuges mismos, y esto
ya desde mucho antes de casarse, traten de prevenir o de disminuir, al
menos, los contratiempos y las necesidades del matrimonio, y que los enterados
les enseñen cómo pueden llevarlo a efecto de un modo a la
vez eficaz y honesto. Se proveerá también a que, de no bastarse
por sí solos, acudan a la satisfacción de las necesidades
vitales aunando esfuerzos similares y constituyendo asociaciones privadas
o públicas. 125.
Y cuando todo lo dicho no basta a cubrir los gastos de una familia, sobre
todo cuando ésta es numerosa y cuenta con menos recursos, el amor
cristiano del prójimo exige en absoluto que supla la caridad cristiana
aquello de que carecen los indigentes, que sobre todo los ricos ayuden
a los pobres y que los que tienen bienes superfluos no los malgasten en
vanidades o los derrochen por completo, sino que los dediquen a proteger
la vida y la salud de aquellos que carecen aun de lo necesario. Los que
dieren de lo suyo a Cristo en los pobres recibirán del Señor,
cuando venga a juzgar el siglo, un ubérrimo premio; los que no,
sufrirán su castigo. El Apóstol, en efecto, no habló
en vano: El que tiene bienes de este mundo y ve a su hermano necesitado
y cierra sus entrañas ante él, ¿cómo es posible
que permanezca en él la caridad de Dios? 126.
Si no bastaren los subsidios privados, corresponde entonces a la autoridad
pública suplir los medios de que carecen los particulares, sobre
todo en materia de importancia tan grande para el bien común cual
es una condición digna de hombres, de las familias y de los cónyuges.
Si, en efecto, las familias, las numerosas sobre todo, carecen de las
adecuadas viviendas; si el hombre no tiene la oportunidad de trabajar
y de ganarse el sustento; si las cosas indispensables para la vida cotidiana
no pueden comprarse sino a precios exagerados; si incluso las madres,
con no pequeño trastorno de la vida doméstica, se ven obligadas
por la necesidad a ganarse el sustento con su propio trabajo; si éstas
carecen en los sufrimientos ordinarios y aun en los extraordinarios de
la maternidad de la alimentación, de los medicamentos, de la asistencia
del especialista y de otras cosas de este estilo, nadie dejará
de ver, si cunde el desaliento entre los esposos, cuán difícil
se les hace la convivencia doméstica y la observancia de los mandatos
de Dios, y además qué grave peligro para la seguridad pública
y para la salud y la vida de la misma sociedad civil puede derivarse de
ello si esos hombres son llevados a un grado de desesperación tal
que, no teniendo ya nada que perder, se atrevieran a esperar que podrían
sacar mucho tal vez de una perturbación total de la sociedad. 127.
Por lo cual, los gobernantes de los pueblos no pueden descuidar dichas
necesidades de los cónyuges y de las familias sin inferir un grave
daño a la sociedad y al bien común; de ahí que tanto
en la legislación cuanto en la reglamentación de los tributos
traten de tal manera de remediar esta penuria de las familias necesitadas,
que este cuidado venga a ser uno de lo primeros en el ejercicio de su
potestad. 128.
Y en este campo advertimos, no sin dolor, que ocurre con frecuencia que,
invirtiendo el recto orden, fácilmente se prodigan ayudas puntuales
y abundantes a la madre y a la prole legítima (a la cual hay que
socorrer, sin duda alguna, para evitar mayores males) que a la legítima,
o se le niega o se le concede con tal cicatería como si se arrancara
a la fuerza. Intervención
de la autoridad 129.
Pero no sólo interesa a los poderes públicos, venerables
hermanos que el matrimonio y la familia estén bien constituidos
en lo que toca a los bienes temporales, sino también en aquellos
que deben llamarse bienes propios de las almas, es decir, que se dicten
y se hagan observar fielmente leyes justas relativas a la fidelidad de
la castidad y a la mutua ayuda de los cónyuges, ya que, testigo
la historia, el bienestar de la república y la felicidad temporal
de los ciudadanos no puede estar segura ni a salvo allí donde se
resquebrajan los cimientos sobre que se sustenta, es decir, el recto orden
moral, y por corrupción de los ciudadanos está cerrada la
fuente en que se origina la sociedad, esto es, el matrimonio y la familia. La
función de la Iglesia 130.
Ahora bien: para la conservación del orden moral no son suficientes
ni la autoridad externa del Estado ni las penas, como tampoco la belleza
ni la necesidad de la virtud predicada a los hombres, sino que es necesaria
una autoridad religiosa que ilustre la mente con la verdad, dirija la
voluntad y apoye la fragilidad humana con los auxilios de la divina gracia,
y esa autoridad lo es sólo la Iglesia, instituida por Cristo Nuestro
Señor. Por ello exhortamos insistentemente en el Señor a
cuantos se hallan investidos de suprema potestad civil a que busquen y
mantengan la concordia y la amistad con esta Iglesia de Cristo, a fin
de que, unidos el esfuerzo y la diligencia de ambas potestades, sean desterrados
los graves daños que, por la irrupción en el matrimonio
y en la familia de porcases libertades, amenazan tanto a la Iglesia cuanto
a la misma potestad civil. 131.
Esta misión gravísima de la Iglesia puede verse, en efecto,
muy favorecida por las leyes civiles, siempre que al dictarlas se tenga
presente lo que ha sido estatuido por la ley divina y la eclesiástica
y se castigue a sus infractores. Pues no faltan quienes piensen que lo
que las leyes civiles permiten o no castigan de una manera clara, o les
es lícito también conforme a la ley moral o pese a la disconformidad
de su conciencia, lo ponen por obra, porque ni temen a Dios ni ven nada
que temer por parte de la ley civil, con lo que no pocas veces se causan
la ruina a sí mismos y a otros muchos. 132.
Ningún perjuicio, ninguna mediatización de sus derechos
o de su integridad puede provenirle a la sociedad civil de esta alianza
con la Iglesia; son vanos y sin fundamento en torno a esto todo temor,
toda sospecha, lo que ya había manifestado claramente León
XIII. "Nadie duda -dice- que el fundador de la Iglesia, Jesucristo,
ha querido que la potestad sagrada fuera distinta de la civil, y libres
y expeditas cada una de ellas en el desempeño de sus respectivas
funciones; pero con este aditamento: que a las dos conviene y a todos
los hombres interesa que entre ambas reinen la unión y la concordia...
Si la potestad civil se comporta amigablemente con la Iglesia, las dos
habrán de salir grandemente gananciosas. La dignidad de una se
enaltece y, yendo por delante la religión, jamás será
injusto su mandato; la otra obtendrá medios de tutela y de defensa
para el bien común de los fieles". 133.
Y así, aduciendo un ejemplo reciente y claro, fue absolutamente
conforme el recto orden y según la ley de Cristo que, en el solemne
concordato felizmente concluido entre la Santa Sede y el reino de Italia,
se estableciera un convenio pacífico y una amistosa cooperación
en lo que se refiere a los matrimonios, como correspondía a la
gloriosa historia del pueblo de Italia y a los sagrados recuerdos de la
antigüedad. Efectivamente, en el pacto de Letrán se lee lo
siguiente: "La nación italiana, deseando restituir a la institución
matrimonial, fundamento de la familia, aquella dignidad en armonía
con las tradiciones de su pueblo, reconoce efectos civiles al sacramento
del matrimonio, que se rige por el Derecho canónico"; norma
fundamental a la que después se le han añadido ulteriores
determinaciones de aquel convenio. 134.
Esto puede servir de ejemplo y de argumento a todos de que también
en nuestra edad (en que con tanta frecuencia se predica, por desdicha,
la más absoluta separación de la sociedad civil, no sólo
de la Iglesia, sino de toda religión) las dos potestades supremas
pueden unirse y asociarse espontáneamente en concordia mutua y
amigable alianza para bien común de ambas sociedades, sin perjuicio
de ninguno de los derechos del poder supremo, y velar de común
acuerdo por el matrimonio, a fin de alejar de los matrimonios cristianos
perniciosos peligros, más aún, una ruina ya inminente.
|