
SACRAMENTALES
“LOS
SACRAMENTALES HAN SIDO INSTITUIDOS POR LA IGLESIA
en orden a la santificación de ciertos ministerios eclesiales,
de ciertos estados de vida, de circunstancias muy variadas de la vida
cristiana, así como del uso de cosas útiles al hombre.
Según las decisiones pastorales de los Obispos, pueden también
responder a las necesidades, a la cultura, y a la historia propias del
pueblo cristiano de una región o de una época. Comprenden
siempre una oración, con frecuencia acompañada de un signo
determinado, como la imposición de la mano, la señal de
la cruz, la aspersión con agua bendita (que recuerda el Bautismo).
Los Sacramentales
proceden del sacerdocio bautismal: todo bautizado es llamado a ser una
‘bendición’ y a bendecir. Por eso los laicos pueden
presidir ciertas bendiciones; la presidencia de una bendición
se reserva al ministerio ordenado (Obispos, presbíteros o diáconos),
en la medida en que dicha bendición afecte más a la vida
eclesial y sacramental”.
(Catecismo
de la Iglesia Católica, nn. 1668- 16669)
I. INTRODUCCIÓN.
251.
“La Santa Madre Iglesia instituyó los Sacramentales. Estos
son signos sagrados, creados según el modelo de los Sacramentos,
por medio de los cuales se expresan efectos, sobre todo de carácter
espiritual, obtenidos por la intercesión de la Iglesia. Por ellos,
los hombres se disponen a recibir el efecto principal de los Sacramentos
y se santifican las diversas circunstancias de la vida.” 56
252.
Están relacionados con la actividad humana en sus múltiples
dimensiones, con la vida litúrgica, con la piedad y devoción,
buscando siempre que los hombres en todo glorifiquen a Dios y alcancen
su santificación.
II.
REALIDAD DIOCESANA.
253.
En la Arquidiócesis, como en otras partes del país, nuestra
gente tiene gran aprecio por los Sacerdotes, especialmente por las bendiciones
(personas, casa, objetos, actividades, imágenes, animales, etc.),
las exequias, presentaciones al templo de niños y niñas,
celebración de XV años, etc. Muchas de estas celebraciones
están muy unidas a expresiones de religiosidad popular, como
mandas, peregrinaciones, juramentos, uso de veladoras, altares a los
muertos, peregrinación con imágenes, exvotos, etc.
254.
No siempre se da la atención debida a los Sacramentales
y expresiones de religiosidad popular debido a que los fieles los procuran
sobre todo en los fines de semana.
255.
Las expresiones de religiosidad popular son, ordinariamente, públicas,
pero muchas de ellas son domésticas; esta situación dificulta
que se les pueda dar la debida atención dando ocasión
a que se caiga en el fanatismo. El Plan Diocesano de Pastoral, hablando
de este tema, es verdaderamente orientador. 57
III. PRINCIPIOS Y ORIENTACIONES.
256.
“Los Sacramentales no confieren la gracia del Espíritu
Santo a la manera de los Sacramentos, pero por la oración de
la Iglesia preparan a recibirla y disponen a cooperar con ella. ‘La
liturgia de los Sacramentos y de los Sacramentales hace que, en los
fieles bien dispuestos, casi todos los acontecimientos de la vida sean
santificados por la gracia divina que emana del misterio pascual de
la pasión, muerte y resurrección de Cristo, de quien reciben
su poder todos los Sacramentos y Sacramentales, y que todo uso honesto
de las cosas materiales pueda estar ordenado a la santificación
del hombre y a la alabanza de Dios’”. 58
257.
Para la celebración de los Sacramentos no necesariamente se requiere
de una celebración eucarística, pero al celebrarlos cuídese
de proclamar y explicar la Palabra de Dios.
IV. NORMAS GENERALES.
258.
Ningún Sacramental se celebre sin la previa catequesis.
259.
A quienes solicitan un Sacramental, invíteseles a que acepten
que la celebración se realice con un sentido eclesial y no individualista.
En todo caso, cuídese la preparación de quienes los solicitan.
260.
En lo que se refiere a bendiciones a madres de familia próximas
a dar a luz, presentación de niños a los cuarenta días,
y presentación de niños a los tres años, motívese
a los fieles para que en lo posible la ceremonia se realice de forma
comunitaria.
261.
A quienes celebran XV años prepáreseles de acuerdo a su
situación.
262.
En las celebraciones de acción de gracias de fin de cursos escolares
procúrese involucrar en la preparación y celebración
a los maestros, padres de familia y alumnos.
263.
Se prepararán y celebrarán los Sacramentales, salvo excepciones
justificadas, en la parroquia donde reside la familia para favorecer
la integración y el crecimiento espiritual de la comunidad parroquial.
264.
Evitense aquellos lugares que vayan en contra de la eficacia espiritual
de dichas celebraciones (ejemplo: salones de fiestas y otros).
265.
Los padres de familia procuren aprovechar estaos momentos para
formarse en la fe, participando y apoyando el crecimiento espiritual
de sus familiares, de esta manera cumplen con la misión de educar
en la fe a sus hijos.
266.
En lo posible, los catequistas de la parroquia ayuden a preparar la
celebración de los Sacramentales, de modo que su celebración
pueda gozar de la dignidad y se celebre el rito conforme al Bendicional.
267.
Es ministro de los Sacramentales el clérigo provisto de la debida
potestad; pero según lo establecido en los libros litúrgicos
y a juicio del ordinario, algunos Sacramentales pueden ser administrados
por laicos debidamente preparados. Al bendecir casas, instalaciones,
etc., cuide el ministro que se presentación no vaya en detrimento
de la celebración. De ninguna manera se use estola sobre el traje
civil.
268.
Cuando existe padrino o madrina, para la celebración de algún
Sacramental, invíteseles a participar debidamente preparados.
269.
Para la celebración de los Sacramentales, evítense
señalar un estipendio; en todo caso, recíbase lo que ofrezcan
voluntariamente los fieles.
