SACRAMENTALES

“LOS SACRAMENTALES HAN SIDO INSTITUIDOS POR LA IGLESIA en orden a la santificación de ciertos ministerios eclesiales, de ciertos estados de vida, de circunstancias muy variadas de la vida cristiana, así como del uso de cosas útiles al hombre. Según las decisiones pastorales de los Obispos, pueden también responder a las necesidades, a la cultura, y a la historia propias del pueblo cristiano de una región o de una época. Comprenden siempre una oración, con frecuencia acompañada de un signo determinado, como la imposición de la mano, la señal de la cruz, la aspersión con agua bendita (que recuerda el Bautismo).

Los Sacramentales proceden del sacerdocio bautismal: todo bautizado es llamado a ser una ‘bendición’ y a bendecir. Por eso los laicos pueden presidir ciertas bendiciones; la presidencia de una bendición se reserva al ministerio ordenado (Obispos, presbíteros o diáconos), en la medida en que dicha bendición afecte más a la vida eclesial y sacramental”.

(Catecismo de la Iglesia Católica, nn. 1668- 16669)


I. INTRODUCCIÓN.

251. “La Santa Madre Iglesia instituyó los Sacramentales. Estos son signos sagrados, creados según el modelo de los Sacramentos, por medio de los cuales se expresan efectos, sobre todo de carácter espiritual, obtenidos por la intercesión de la Iglesia. Por ellos, los hombres se disponen a recibir el efecto principal de los Sacramentos y se santifican las diversas circunstancias de la vida.” 56

252. Están relacionados con la actividad humana en sus múltiples dimensiones, con la vida litúrgica, con la piedad y devoción, buscando siempre que los hombres en todo glorifiquen a Dios y alcancen su santificación.

II. REALIDAD DIOCESANA.

253. En la Arquidiócesis, como en otras partes del país, nuestra gente tiene gran aprecio por los Sacerdotes, especialmente por las bendiciones (personas, casa, objetos, actividades, imágenes, animales, etc.), las exequias, presentaciones al templo de niños y niñas, celebración de XV años, etc. Muchas de estas celebraciones están muy unidas a expresiones de religiosidad popular, como mandas, peregrinaciones, juramentos, uso de veladoras, altares a los muertos, peregrinación con imágenes, exvotos, etc.

254. No siempre se da la atención debida a los Sacramentales y expresiones de religiosidad popular debido a que los fieles los procuran sobre todo en los fines de semana.

255. Las expresiones de religiosidad popular son, ordinariamente, públicas, pero muchas de ellas son domésticas; esta situación dificulta que se les pueda dar la debida atención dando ocasión a que se caiga en el fanatismo. El Plan Diocesano de Pastoral, hablando de este tema, es verdaderamente orientador. 57


III. PRINCIPIOS Y ORIENTACIONES.

256. “Los Sacramentales no confieren la gracia del Espíritu Santo a la manera de los Sacramentos, pero por la oración de la Iglesia preparan a recibirla y disponen a cooperar con ella. ‘La liturgia de los Sacramentos y de los Sacramentales hace que, en los fieles bien dispuestos, casi todos los acontecimientos de la vida sean santificados por la gracia divina que emana del misterio pascual de la pasión, muerte y resurrección de Cristo, de quien reciben su poder todos los Sacramentos y Sacramentales, y que todo uso honesto de las cosas materiales pueda estar ordenado a la santificación del hombre y a la alabanza de Dios’”. 58

257. Para la celebración de los Sacramentos no necesariamente se requiere de una celebración eucarística, pero al celebrarlos cuídese de proclamar y explicar la Palabra de Dios.


IV. NORMAS GENERALES.

258. Ningún Sacramental se celebre sin la previa catequesis.

259. A quienes solicitan un Sacramental, invíteseles a que acepten que la celebración se realice con un sentido eclesial y no individualista. En todo caso, cuídese la preparación de quienes los solicitan.

260. En lo que se refiere a bendiciones a madres de familia próximas a dar a luz, presentación de niños a los cuarenta días, y presentación de niños a los tres años, motívese a los fieles para que en lo posible la ceremonia se realice de forma comunitaria.

261. A quienes celebran XV años prepáreseles de acuerdo a su situación.

262. En las celebraciones de acción de gracias de fin de cursos escolares procúrese involucrar en la preparación y celebración a los maestros, padres de familia y alumnos.

263. Se prepararán y celebrarán los Sacramentales, salvo excepciones justificadas, en la parroquia donde reside la familia para favorecer la integración y el crecimiento espiritual de la comunidad parroquial.

264. Evitense aquellos lugares que vayan en contra de la eficacia espiritual de dichas celebraciones (ejemplo: salones de fiestas y otros).

265. Los padres de familia procuren aprovechar estaos momentos para formarse en la fe, participando y apoyando el crecimiento espiritual de sus familiares, de esta manera cumplen con la misión de educar en la fe a sus hijos.

266. En lo posible, los catequistas de la parroquia ayuden a preparar la celebración de los Sacramentales, de modo que su celebración pueda gozar de la dignidad y se celebre el rito conforme al Bendicional.

267. Es ministro de los Sacramentales el clérigo provisto de la debida potestad; pero según lo establecido en los libros litúrgicos y a juicio del ordinario, algunos Sacramentales pueden ser administrados por laicos debidamente preparados. Al bendecir casas, instalaciones, etc., cuide el ministro que se presentación no vaya en detrimento de la celebración. De ninguna manera se use estola sobre el traje civil.

268. Cuando existe padrino o madrina, para la celebración de algún Sacramental, invíteseles a participar debidamente preparados.

269. Para la celebración de los Sacramentales, evítense señalar un estipendio; en todo caso, recíbase lo que ofrezcan voluntariamente los fieles.