Discurso del 30 de
enero a la Rota romana
CIUDAD
DEL VATICANO, 10 febrero 2003 (ZENIT.org).- Publicamos el discurso que
pronunció Juan Pablo II el 30 de enero, con ocasión de
la apertura del año judicial del Tribunal de la Rota romana,
ante los prelados auditores, promotores de justicia, defensores del
vínculo, oficiales de la cancillería y abogados de dicho
Tribunal. La traducción al castellano es de «L'Osservatore
Romano».
1. La solemne
inauguración del año judicial del Tribunal de la Rota
romana me ofrece la oportunidad de renovar la expresión de mi
aprecio y mi gratitud por vuestro trabajo, amadísimos prelados
auditores, promotores de justicia, defensores del vínculo, oficiales
y abogados. Agradezco cordialmente al monseñor decano los sentimientos
que ha manifestado en nombre de todos y las reflexiones que ha hecho
sobre la naturaleza y los fines de vuestro trabajo.
La actividad
de vuestro tribunal ha sido siempre muy apreciada por mis venerados
predecesores, los cuales han subrayado sin cesar que administrar la
justicia en la Rota romana constituye una participación directa
en un aspecto importante de las funciones del Pastor de la Iglesia universal.
De ahí el valor particular, en el ámbito eclesial, de
vuestras decisiones, que constituyen, como afirmé en la «Pastor
bonus», un punto de referencia seguro y concreto para la administración
de la justicia en la Iglesia (cf. art. 126).
Dignidad
de sacramento
2. Teniendo presente el marcado predominio de las causas de nulidad
de matrimonio remitidas a la Rota, el monseñor decano ha destacado
la profunda crisis que afecta actualmente al matrimonio y a la familia.
Un dato importante que brota del estudio de las causas es el ofuscamiento
entre los contrayentes de lo que conlleva, en la celebración
del matrimonio cristiano, la sacramentalidad del mismo, descuidada hoy
con mucha frecuencia en su significado íntimo, en su intrínseco
valor sobrenatural y en sus efectos positivos sobre la vida conyugal.
Después
de haber hablado en los años precedentes de la dimensión
natural del matrimonio, quisiera hoy atraer vuestra atención
hacia la peculiar relación que el matrimonio de los bautizados
tiene con el misterio de Dios, una relación que, en la Alianza
nueva y definitiva en Cristo, asume la dignidad de sacramento.
La dimensión
natural y la relación con Dios no son dos aspectos yuxtapuestos;
al contrario, están unidos tan íntimamente como la verdad
sobre el hombre y la verdad sobre Dios. Este tema me interesa particularmente:
vuelvo a él en este contexto, entre otras cosas, porque la perspectiva
de la comunión del hombre con Dios es muy útil, más
aún, es necesaria para la actividad misma de los jueces, de los
abogados y de todos los agentes del derecho en la Iglesia.
Dimensión
trascendente
3. El nexo entre la secularización y la crisis del matrimonio
y de la familia es muy evidente. La crisis sobre el sentido de Dios
y sobre el sentido del bien y del mal moral ha llegado a ofuscar el
conocimiento de los principios básicos del matrimonio mismo y
de la familia que en él se funda. Para una recuperación
efectiva de la verdad en este campo, es preciso redescubrir la dimensión
trascendente que es intrínseca a la verdad plena sobre el matrimonio
y sobre la familia, superando toda dicotomía orientada a separar
los aspectos profanos de los religiosos, como si existieran dos matrimonios:
uno profano y otro sagrado.
«Creó
Dios al ser humano a imagen suya, a imagen de Dios lo creó, varón
y hembra los creó» (Gn 1, 27). La imagen de Dios se encuentra
también en la dualidad hombre-mujer y en su comunión interpersonal.
Por eso, la trascendencia es inherente al ser mismo del matrimonio,
ya desde el principio, porque lo es en la misma distinción natural
entre el hombre y la mujer en el orden de la creación. Al ser
"una sola carne" (Gn 2, 24), el hombre y la mujer, tanto en
su ayuda recíproca como en su fecundidad, participan en algo
sagrado y religioso, como puso muy bien de relieve, refiriéndose
a la conciencia de los pueblos antiguos sobre el matrimonio, la encíclica
«Arcanum divinae sapientiae» de mi predecesor León
XIII (10 de febrero de 1880, en «Leonis XIII P.M. Acta»,
vol. II, p. 22). Al respecto, afirmaba que el matrimonio "desde
el principio ha sido casi un figura («adumbratio») de la
encarnación del Verbo de Dios" (ib.). En el estado de inocencia
originaria, Adán y Eva tenían ya el don sobrenatural de
la gracia. De este modo, antes de que la encarnación del Verbo
se realizara históricamente, su eficacia de santidad ya actuaba
en la humanidad.
El plan original de Dios restablecido por Jesús
4. Lamentablemente, por efecto del pecado original, lo que es natural
en la relación entre el hombre y la mujer corre el riesgo de
vivirse de un modo no conforme al plan y a la voluntad de Dios, y
alejarse de Dios implica de por sí una deshumanización
proporcional de todas las relaciones familiares. Pero en la "plenitud
de los tiempos", Jesús mismo restableció el designio
primordial sobre el matrimonio (cf. Mt 19, 1-12), y así, en el
estado de naturaleza redimida, la unión entre el hombre y la
mujer no sólo puede recobrar la santidad originaria, liberándose
del pecado, sino que también queda insertada realmente en el
mismo misterio de la alianza de Cristo con la Iglesia.
La carta de san Pablo a los Efesios vincula la narración del
Génesis con este misterio: "Por eso deja el hombre a su
padre y a su madre y se une a su mujer, y se hacen una sola carne"
(Gn 2, 24). "Gran misterio es este; lo digo con respecto a Cristo
y a la Iglesia" (Ef 5, 32). El nexo intrínseco entre el
matrimonio, instituido al principio, y la unión del Verbo encarnado
con la Iglesia se muestra en toda su eficacia salvífica mediante
el concepto de sacramento. El concilio Vaticano II expresa esta verdad
de fe desde el punto de vista de las mismas personas casadas: "Los
esposos cristianos, con la fuerza del sacramento del matrimonio, por
el que representan y participan del misterio de la unidad y del amor
fecundo entre Cristo y su Iglesia (cf. Ef 5, 32), se ayudan mutuamente
a santificarse con la vida matrimonial y con la acogida y educación
de los hijos. Por eso tienen en su modo y estado de vida su carisma
propio dentro del pueblo de Dios" (Lumen gentium, 11). Inmediatamente
después, el Concilio presenta la unión entre el orden
natural y el orden sobrenatural también con referencia a la familia,
inseparable del matrimonio y considerada como "iglesia doméstica"
(cf. ib.).
La fidelidad
de Dios
5. La vida y la reflexión cristiana encuentran en esta verdad
una fuente inagotable de luz. En efecto, la sacramentalidad del matrimonio
constituye una senda fecunda para penetrar en el misterio de las relaciones
entre la naturaleza humana y la gracia. En el hecho de que el mismo
matrimonio del principio haya llegado a ser en la nueva Ley signo e
instrumento de la gracia de Cristo se manifiesta claramente la trascendencia
constitutiva de todo lo que pertenece al ser de la persona humana y,
en particular, a su índole relacional natural según la
distinción y la complementariedad entre el hombre y la mujer.
Lo humano y lo divino se entrelazan de modo admirable.
La mentalidad
actual, fuertemente secularizada, tiende a afirmar los valores humanos
de la institución familiar separándolos de los valores
religiosos y proclamándolos totalmente autónomos de Dios.
Sugestionada por los modelos de vida propuestos con demasiada frecuencia
por los medios de comunicación social, se pregunta: "¿Por
que un cónyuge debe ser siempre fiel al otro?", y esta pregunta
se transforma en duda existencial en las situaciones críticas.
Las dificultades matrimoniales pueden ser de diferentes tipos, pero
todas desembocan al final en un problema de amor. Por eso, la pregunta
anterior se puede volver a formular así: ¿Por qué
es preciso amar siempre al otro, incluso cuando muchos motivos, aparentemente
justificados, inducirían a dejarlo?
Se pueden dar muchas respuestas, entre las cuales, sin duda alguna,
tienen mucha fuerza el bien de los hijos y el bien de la sociedad entera,
pero la respuesta más radical pasa ante todo por el reconocimiento
de la objetividad del hecho de ser esposos, considerado como don recíproco,
hecho posible y avalado por Dios mismo. Por eso, la razón última
del deber de amor fiel es la que está en la base de la alianza
divina con el hombre: ¡Dios es fiel! Por consiguiente, para hacer
posible la fidelidad de corazón al propio cónyuge, incluso
en los casos más duros, es necesario recurrir a Dios, con la
certeza de recibir su ayuda. Por lo demás, la senda de la fidelidad
mutua pasa por la apertura a la caridad de Cristo, que "disculpa
sin límites, cree sin límites, espera sin límites,
aguanta sin límites" (1 Co 13, 7). En todo matrimonio se
hace presente el misterio de la redención, realizada mediante
una participación real en la cruz del Salvador, según
la paradoja cristiana que une la felicidad a la aceptación del
dolor con espíritu de fe.
Sentido religioso
6. De estos principios se pueden sacar muchas consecuencias prácticas,
de índole pastoral, moral y jurídica. Me limito a enunciar
algunas, relacionadas de modo especial con vuestra actividad judicial.
Ante todo,
no podéis olvidar nunca que tenéis en vuestras manos el
gran misterio del que habla san Pablo (cf. Ef 5, 32), tanto cuando se
trata de un sacramento en sentido estricto, como cuando ese matrimonio
lleva en sí la índole sagrada del principio, pues está
llamado a convertirse en sacramento mediante el bautismo de los dos
esposos. La consideración de la sacramentalidad pone de relieve
la trascendencia de vuestra función, el vínculo que la
une operativamente a la economía salvífica. Por consiguiente,
el sentido religioso debe impregnar todo vuestro trabajo. Desde los
estudios científicos sobre esta materia hasta la actividad diaria
en la administración de la justicia, no hay espacio en la Iglesia
para una visión meramente inmanente y profana del matrimonio,
simplemente porque esta visión no es verdadera ni teológica
ni jurídicamente.
Apoyar siempre
al matrimonio y a la familia
7. Desde esta perspectiva es preciso, por ejemplo, tomar muy en serio
la obligación que el canon 1676 impone formalmente al juez de
favorecer o buscar activamente la posible convalidación del matrimonio
y la reconciliación. Como es natural, la misma actitud de apoyo
al matrimonio y a la familia debe reinar antes del recurso a los tribunales:
en la asistencia pastoral hay que iluminar pacientemente las conciencias
con la verdad sobre el deber trascendente de la fidelidad, presentada
de modo favorable y atractivo. En la obra que se realiza con vistas
a una superación positiva de los conflictos matrimoniales, y
en la ayuda a los fieles en situación matrimonial irregular,
es preciso crear una sinergia que implique a todos en la Iglesia: a
los pastores de almas, a los juristas, a los expertos en ciencias psicológicas
y psiquiátricas, así como a los demás fieles, de
modo particular a los casados y con experiencia de vida. Todos deben
tener presente que se trata de una realidad sagrada y de una cuestión
que atañe a la salvación de las almas.
Sólo
existe un modelo de matrimonio
8. La importancia de la sacramentalidad del matrimonio, y la necesidad
de la fe para conocer y vivir plenamente esta dimensión, podrían
también dar lugar a algunos equívocos, tanto en la admisión
al matrimonio como en el juicio sobre su validez. La Iglesia no rechaza
la celebración del matrimonio a quien está bien dispuesto,
aunque esté imperfectamente preparado desde el punto de vista
sobrenatural, con tal de que tenga la recta intención de casarse
según la realidad natural del matrimonio. En efecto, no se puede
configurar, junto al matrimonio natural, otro modelo de matrimonio cristiano
con requisitos sobrenaturales específicos.
No se debe
olvidar esta verdad en el momento de delimitar la exclusión de
la sacramentalidad (cf. canon 1101, 2) y el error determinante acerca
de la dignidad sacramental (cf. canon 1099) como posibles motivos de
nulidad. En ambos casos es decisivo tener presente que una actitud de
los contrayentes que no tenga en cuenta la dimensión sobrenatural
en el matrimonio puede anularlo sólo si niega su validez en el
plano natural, en el que se sitúa el mismo signo sacramental.
La Iglesia católica ha reconocido siempre los matrimonios entre
no bautizados, que se convierten en sacramento cristiano mediante el
bautismo de los esposos, y no tiene dudas sobre la validez del matrimonio
de un católico con una persona no bautizada, si se celebra con
la debida dispensa.
La protección
de María
9. Al término de este encuentro, mi pensamiento se dirige a los
esposos y a las familias, para invocar sobre ellos la protección
de la Virgen. También en esta ocasión me complace repetir
la exhortación que les dirigí en la carta apostólica
Rosarium Virginis Mariae: "La familia que reza unida, permanece
unida. El santo rosario, por antigua tradición, es una oración
que se presta particularmente para reunir a la familia" (n. 41).
A todos vosotros, queridos prelados auditores, oficiales y abogados
de la Rota romana, os imparto con afecto mi bendición.
[©L'Osservatore
Romano - 7 de febrero de 2003]
