LA VICARIA EPISCOPAL
DE VIDA CONSAGRADA
(De los Estatutos de la Vicaría de la Vida Consagrada)



Los Obispos y Superiores/as Mayores reunidos en la LXI Asamblea General del Episcopado Mexicano, en orden a estudiar y aplicar la Exhortación Vita Consecrata, vieron conveniente apoyar, en su servicio pastoral, a la Vida Consagrada, no sólo con el Vicario Episcopal, sino con una Vicaría, haciendo esta propuesta: "Integrar en cada Diócesis la Vicaría para la Vida Consagrada con personas consagradas, especialmente con presencia femenina".

La Iglesia comunión y misión se refleja cada vez más en lo que se llama "comisiones o equipos eclesiales" que están conformadas por las diversas vocaciones en la Iglesia, o sea: ministros ordenados, personas consagradas y fieles laicos (cfr. VC 53).

Así como en otros niveles de Iglesia, vgr. Dicasterios de la Santa Sede, Departamentos del CELAM y Comisiones de la CEM, en algunas Diócesis de México se ha venido formando y estructurando esta forma eclesial de servicio.

La Vicaría Episcopal para la Vida Consagrada es un organismo de servicio para la misma Vida Consagrada que, como don para toda la Iglesia, a ésta compete cuidarla y promoverla. (cfr. MR 10, 54; VC 2, 3, 46,49; EA 43).

La Vicaría para la Vida Consagrada se entiende jurídicamente a partir del oficio eclesiástico del Vicario Episcopal, dado por el Obispo en su Diócesis.

El Vicario Episcopal, ante la pluralidad y cantidad de personas consagradas, comparte su responsabilidad con otras personas, para una animación y servicio más cualificados.

El Vicario Episcopal, nombrado por el Obispo, tiene autoridad ordinaria vicaria, según los términos en que el mismo Obispo se la haya otorgado. El Vicario Episcopal puede delegar su autoridad, en todo o en parte, y por consiguiente delegar a otras personas en el servicio encomendado. (cfr. Cc 477,1; 131, 1-2; 479, 2-3;137,1).

IDENTIDAD

1) La Vicaría Episcopal para la Vida Consagrada es un organismo eclesial integrado por ministros ordenados, personas consagradas y laicos que, presidido por el Vicario Episcopal para la Vida Consagrada, participa y colabora directamente en la animación y promoción integral de la Vida Consagrada en la Iglesia Diocesana.

2) Es un Organismo eclesial que acoge y promueve el carisma de la Vida Consagrada como un don integrante de la vida eclesial y que beneficia a toda la Diócesis.

3) Es un Organismo eclesial que presta ayuda a las personas consagradas, a fin de favorecerlas en su desarrollo y misión, según su propio carisma, en comunión con el Pueblo de Dios y sus Pastores, y abrirlas a perspectivas espirituales y pastorales en armonía con el Plan Diocesano de Pastoral.

INTEGRANTES

1) El Vicario Episcopal, después de escuchar a los miembros de la Vida Consagrada, nombrará a los integrantes de la Vicaría.

2) Los integrantes de la Vicaría han de ser:

a) Personas que conozcan y valoren la Vida Consagrada y la Iglesia diocesana.
b) Personas que representen a las diversas formas de Vida Consagrada: contemplativa, apostólica, institutos seculares, sociedades de vida apostólica, vírgenes consagradas y nuevas formas que surjan.
c) Personas representativas del campo en que desarrollan su misión y Organismos de Vida Consagrada instituidos en la Diócesis: pastoral parroquial, educativa, de salud, catequética...; CIRM local...
d) Fieles laicos/as que desde su especialidad puedan prestar algún servicio cualificado a la Vida Consagrada.

3) El Vicario Episcopal ejerce su misión durante el tiempo que el Obispo determine. Los otros miembros de la Vicaría son nombrados por períodos de tres años, pudiendo ser reelegidos según el criterio del Vicario Episcopal, cuidando la continuidad de la Vicaría.

FUNCIONES

1) La Vicaría Episcopal fomenta en la Diócesis el conocimiento, el aprecio y animación de la Vida Consagrada en sus diversas modalidades.

2) Propicia la relación y comunión de la Vida Consagrada con el Obispo, con el Presbiterio, con los fieles laicos y entre los mismos consagrados/as.

3) Integra a las comunidades religiosas y demás personas consagradas en la elaboración y ejecución del Plan Diocesano de Pastoral.

4) Favorece la inserción y participación de los consagrados/as en la vida y en la pastoral de la Diócesis de acuerdo a su propio carisma.

5) Favorece y respeta la fidelidad al carisma propio de cada Instituto religioso.

6) Favorece la relación con la CIRM local, para un trabajo conjunto y organizado.

7) Favorece que personas consagradas participen en los diferentes espacios de comunión y de pastoral en el Pueblo de Dios.

8) Atiende a las necesidades y peticiones de las comunidades.

9) Apoya la formación de las personas consagradas en sus diversas etapas.

10) Atiende de manera especial a la Vida Contemplativa para que realice plenamente su estilo de vida y su misión específica.

11) Atiende y anima a los miembros de los Institutos Seculares según su propio carisma, y les promueve en su inserción y misión en el mundo.

12) Integra la promoción vocacional de la Vida Consagrada a la pastoral vocacional diocesana.

13) Cuida que en el Seminario Diocesano se imparta Teología de la Vida Consagrada y que en las casas y centros de formación para consagrados/as se imparta la Teología del Sacerdocio ministerial y de la Iglesia Particular.

14) El Obispo diocesano podrá ampliar o limitar estas funciones en su mandato al Vicario Episcopal.