¿Cómo proceder al matrimonio de quienes han obtenido el
decreto de nulidad?
Para la presentación
matrimonial, deben presentar los dos resultados, tanto de Primera como
de Segunda Instancia (originales), así como la carta del Arzobispo
donde se levanta el veto (para quienes lo tienen), también original;
se harán los respectivos exhortos, pero puede pedirse dispensa
de éstos. Si hay duda en algún documento comunicarse al
Tribunal Eclesiástico.
