¿Cómo proceder al matrimonio de quienes han obtenido el decreto de nulidad?

Para la presentación matrimonial, deben presentar los dos resultados, tanto de Primera como de Segunda Instancia (originales), así como la carta del Arzobispo donde se levanta el veto (para quienes lo tienen), también original; se harán los respectivos exhortos, pero puede pedirse dispensa de éstos. Si hay duda en algún documento comunicarse al Tribunal Eclesiástico.