LA
FRATERNIDAD SACERDOTAL
(FRASA)
(De
los Estatutos de FRASA)
La fraternidad sacerdotal (FRASA) es una asociación
pública de la Iglesia. Canon 301,3.
FINES
DE LA ASOCIACION
Su finalidad es promover y poner en práctica la solidaridad sacerdotal
entre todos los presbíteros que ofrecen sus servicios ministeriales
en la Arquidiócesis de San Luis Potosí.
BENEFICIARIOS
Los beneficiarios, por lo tanto, serán sólo y siempre
los miembros del Presbiterio Potosino que llenen los requisitos que
establecen estos mismo Estatutos.
SERVICIOS
Los servicios que proporcionará la Institución en esta
primera etapa de su vida serán:
- Ayudar
a cubrir los gastos médicos y medicinas; y en algunos casos
a la manutención del Sacerdote.
- Proporcionar
préstamos a sacerdotes verdaderamente necesitados, con la recomendación
del Arzobispo.
- Ayudar
también a pagar junto con la Tesorería Diocesana el
excedente que por hospitalización y servicios cobre el Centro
Médico del Potosí, en el seguro que tienen todos y cada
uno de los miembros del Presbiterio.
- Proporcionar
una ayuda mensual a los Sacerdotes que hayan cumplido 75 años
de edad, enfermos e inválidos, según la cantidad aprobada
por el Arzobispo y el Consejo Presbiteral.
CRITERIOS PARA AYUDAR
Los criterios para proporcionar las ayudas mencionadas a los beneficiarios
serán los siguientes:
- Gastos
médicos y medicinas que no estén cubiertos por el Seguro
que tiene cada Sacerdote en el Centro Médico del Potosí.
- Ayuda
a su manutención en el caso de que no disponga de otros apoyos
para lo mismo.
- Ayuda,
junto con los recursos de la Tesorería de la Diócesis,
a los Sacerdotes en su atención en el Centro Médico
del Potosí cuando el monto económico rebase la cantidad
que tienen en su propio seguro.
- Ayuda
mensual a los Sacerdotes que cumplieron los 75 años de edad,
los enfermos y los inválidos.
- Con
criterio fraterno y con gran responsabilidad la Directiva de FRASA
goza de libertad en la asignación de las ayudas esporádicas
a sacerdotes necesitados, habiendo consultado al Arzobispo.
- En
combinación con la Economía Diocesana se proveerá
el pago total de los costos por defunción de sacerdotes, cuando
se requiera.
CONSEJO
DIRECTIVO
El cumplimiento
de los fines de la Institución estará a cargo de tres
Párrocos -uno de la Zona Centro, otro de la Zona Media y otro
de la Periferia- designados directamente por el Obispo, oído
el parecer del Consejo Presbiteral.
Los
tres párrocos antes mencionados, se constituirán en Consejo
Directivo de la Asociación tomando bajo su responsabilidad la
presidencia, la secretaría y la tesorería de la Dirección
respectivamente.
El nombramiento
de esta encomienda será por tres años, pudiendo continuar
otros tres a juicio del Arzobispo.
Los miembros
del Consejo Directivo procurarán reunirse periódicamente
para enterarse de la administración de los fondos de la Asociación,
para programar algunas campañas de motivación a favor
de la Asociación entre los hermanos sacerdotes y preparar oportunamente
el informe anual que presentarán cada año a todo el presbiterio.
RECURSOS
Los recursos de la Asociación provendrán:
- Del
5% de las planillas de las parroquias, santuarios y templos de la
Diócesis.
- De
donativos de Instituciones y personas que deseen ayudar voluntariamente.
- De
las ayudas que puedan proporcionar, como expresión de caridad
y solidaridad, los Sacerdotes de la Arquidiócesis.
